Una docena de ayuntamientos suscriben un convenio con la Administración provincial para que se puedan celebrar en su municipio los procedimientos arbitrales de consumo.
La Diputación de Jaén descentraliza la Junta Arbitral Provincial de Consumo para acercar este servicio a los usuarios y las empresas de la provincia. El diputado de Servicios Municipales, José Luis Hidalgo, anuncia que se han firmado convenios de cooperación con una docena de ayuntamientos –Andújar, Baeza, Beas de Segura, Cazorla, Jódar, Linares, Lopera, Martos, Porcuna, Torredelcampo, Úbeda y Villanueva del Arzobispo-, para que puedan acoger las audiencias de los procedimientos arbitrales de consumo. “El Sistema Arbitral de Consumo es una vía extrajudicial para la solución de los conflictos surgidos entre los consumidores o usuarios y las empresas o profesionales. La Diputación de Jaén viene ofreciendo este servicio y ahora queremos dar un paso más, avanzar bajo la premisa de la mejora de los servicios públicos, y por ello hemos comenzado un proceso de descentralización de la Junta Arbitral Provincial de Consumo”, señala Hidalgo.
El diputado de Servicios Municipales explica que “esta descentralización consiste, básicamente, en que ya no será necesario que las personas consumidoras o empresas, para resolver los posibles litigios, tengan que desplazarse a la sede provincial, sino que a través de un equipo itinerante ofreceremos este servicio en municipios más próximos al lugar de residencia”. José Luis Hidalgo informa que “actualmente estamos trabajando en la constitución de las Comisiones de Seguimiento, tras lo cual, y una vez que esté ultimada la coordinación con los diferentes ayuntamientos, en breve será una realidad este acercamiento de las juntas arbitrales a los diferentes puntos de nuestra geografía”.
El Sistema Arbitral de Consumo es una vía extrajudicial mediante la que se resuelve con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, los conflictos o reclamaciones que surgen en las relaciones de consumo entre consumidores o usuarios y empresarios o profesionales, siempre que el conflicto no verse sobre intoxicación, lesión o muerte, o existan indicios racionales de delito. A través de este sistema, ambas partes de forma voluntaria, encomiendan al órgano arbitral, que actúa con imparcialidad, independencia y confidencialidad, la decisión sobre el mismo. Este sistema destaca por su rapidez, ya que tiene que resolver en un plazo de tres meses desde que se inicia el procedimiento, su eficacia y su gratuidad.