Un total de 12 menores testifican este año por casos de violencia de género a través del sistema de grabación que garantiza su protección

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Ana Cobo destaca el valor de este recurso pionero que permite una única declaración de los menores ante el juez y su validez para un eventual juicio.

Un total de 12 menores han testificado este año por casos de violencia de género a sus madres a través del sistema de grabación de prueba preconstituida implantado de forma pionera en Jaén en julio del año 2013 por la Delegación del Gobierno. Este recurso operativo en la sede judicial de Jaén tiene como objetivo garantizar protección de los menores testigos de estos casos mediante una toma de declaración única que propicia que se desarrolle de la forma menos traumática posible y a la vez tenga este testimonio validez legal para un eventual juicio posterior. El procedimiento se puede hacer igualmente para otro tipo de delitos en los que sea preciso tomar declaración a personas en situación de vulnerabilidad (agresiones sexuales, personas con discapacidad, etc).

Así lo ha señalado la delegada del Gobierno, Ana Cobo, que ha recordado que con este sistema el testimonio se convierte en prueba testifical preconstituida, toda vez que la declaración se graba y se entrega una copia a las partes personadas en el caso por el letrado de la Administración de Justicia (antiguos secretarios judiciales). “Con esta iniciativa se consigue ofrecer un ambiente de protección y perturbar lo menos posible a los menores al evitar que tengan que volver a declarar de nuevo en el juicio (con el estrés y el trauma que ello les supone), pues sólo tendrán que hacer una declaración y no se les volverá a molestar más”, ha enfatizado la delegada, quien ha resaltado que en todos los casos en los que se ha utilizado este procedimiento, se han cubierto las expectativas creadas, “logrando proteger más a los menores, que es una de las funciones más importantes que debemos cumplir desde los poderes públicos”.

Igualmente, Cobo ha valorado que el recurso favorece la acción de la Justicia, “pues al quedar grabada la declaración al poco tiempo de que hayan sucedido los hechos, se evita lo que sucede con frecuencia que, cuando llega el juicio, al cabo de muchos meses, la víctima no recuerda los hechos o los confunde,  “máxime a esa edad temprana”.

Este recurso está implantado en la sala de víctimas del Juzgado de Violencia sobre la mujer nº1 de Jaén (ahora en las instalaciones del SAVA), así como en una de las salas de entrevistas de la Fiscalía de Menores. Consiste en un sistema de grabación con cámara y micrófonos no intimidatorios y con un auricular para la persona que hace la entrevista al testigo, una psicóloga especializada del Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía (SAVA), que está en permanente contacto con la jueza. En la sala de la toma de declaración existe una mampara de cristal con visión unidireccional en la que, en un lado,  se sitúan la magistrada, la fiscal, el secretario, los letrados de las partes, y en la sala, el profesional en Psicología del SAVA con el menor. La jueza se encarga de la dirección del interrogatorio mediante su permanente contacto con la psicóloga y las partes y el letrado de la Administración de Justicia  lo presencian en tiempo real para aportar lo que estimen a fin de reformular preguntas y dar su conformidad a la prueba.

“La toma de declaración se desarrolla mediante un protocolo internacional, que incluye preguntas de acercamiento iniciales, se les explica el procedimiento que se va a seguir de forma comprensible para su edad, y no se formulan preguntas intimidatorios o directas a priori, favoreciendo el relato espontáneo del menor, ni sugestivas”, ha especificado la delegada.

Este proyecto se ha llevado a cabo gracias al apoyo del SAVA y el Servicio de Justicia de la Delegación del Gobierno en Jaén en estrecha colaboración con la jueza de Violencia de Género y las fiscales delegadas de Violencia de Género y Menores, en virtud de las recomendaciones que han realizado tanto la Fiscalía General del Estado, como numerosas sentencias del Tribunal Supremo y jurisprudencia europea, así como la reciente modificación procesal penal de la Ley del Estatuto de la Víctima que obliga la administración de Justicia a garantizar derechos de las victimas en el proceso, entre ellos, esta posibilidad de grabar los testimonios para evitar que tengan que repetirlos en juicio (el día del juicio, se reproduce la grabación hecha meses antes, y queda realizada la prueba). La ley del Estatuto de la Víctima exige la presencia de profesionales de la Psicología en estas declaraciones con el objetivo que garantizar la protección de los menores y paliar los efectos traumáticos derivados del interrogatorio.