El 31 de marzo cumple el plazo para justificar las subvenciones del Plan Impulsa Bailén

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Se han concedido 116 subvenciones por un valor superior a los 60.000 euros.

Ya se han concedido las subvenciones de la línea 1 del Plan Impulsa Bailén. En total han sido más de 60.000 euros para las 116 solicitudes aceptadas.

Estas ayudas iban dirigidas a Pymes y autónomos afectados por el cierre obligatorio de su actividad o bien por la disminución económica como mínimo en un 50% durante el Estado de Alarma declarado el mes de marzo de 2020.

Estas ayudas estaban dirigidas a compensar gastos en el alquiler o hipoteca del inmueble donde se desarrolla la actividad, así como los gastos derivados de contratos de suministro de energía, agua, internet y publicidad.

El Ayuntamiento de Bailén recuerda que las Pymes y autónomos beneficiarios de alguna de las subvenciones recibidas dentro de la Línea 1 del Plan Impulsa de Bailén deben realizar la justificación de las mismas antes del día 31 del próximo mes de marzo.

Entre la documentación que debe aportarse se encuentran:

a) Una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con el incentivo y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
(b) Los justificantes del gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto del incentivo. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con valor probatorio en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, en original o fotocopia compulsada. Se considerará, en todo caso, como gasto realizado, el que ha sido efectivamente pagado.
(c) Para las personas beneficiarias recogidas en la base 3.1.a) Cotización en el régimen especial de autónomos a la Tesorería General de la Seguridad Social y su justificante de pago de los tres últimos meses.
(d) Certificados de estar al corriente de pagos frente a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, salvo que se haya autorizado al Ayuntamiento para que lo haga en su nombre.
(e) Declaración responsable de las ayudas recibidas por otras entidades para el mismo fin subvencionado en esta convocatoria, en su caso, con indicación de importe, organismo y fecha de concesión.
(f) Cualquier otra documentación que sea necesaria o adecuada para la correcta valoración del proyecto y/o actuación presentada o que sea normativamente aplicable.

Si ya se han presentado algunos de los documentos anteriores, deberá de presentar escrito mencionando los documentos que obran en su expediente en el Ayuntamiento. En caso de no presentar esta documentación, se procederá al inicio del procedimiento de reintegro de las cantidades percibidas